La odisea de acceder a la reproducción asistida pública según donde vivas
Muchas comunidades incumplen el mínimo establecido en la cartera básica común del Sistema Nacional de Salud y racanean con el número de intentos, la edad máxima o imponiendo requisitos extra.
La odisea de acceder a la reproducción asistida pública según donde vivas
Muchas comunidades incumplen el mínimo establecido en la cartera básica común del Sistema Nacional de Salud y racanean con el número de intentos, la edad máxima o imponiendo requisitos extra.
Para mujeres como Izaskun Gamen, la decisión , aprobada hace solo una semana, de incluir a mujeres sin pareja, parejas de mujeres y personas trans con capacidad de gestar entre quienes pueden recibir todas las técnicas de reproducción asistida en la sanidad pública “es súper bienvenida pero llega muy tarde”. Y, aunque se alegra por las que vengan detrás, no puede evitar echar la vista atrás y recordar que durante varios años ella no ha podido acceder a la fecundación in vitro en la sanidad pública solo por el hecho de querer ser madre sin pareja.
En 2014, el Gobierno del PP excluyó a estos colectivos de mujeres de los tratamientos de reproducción asistida de la cartera básica común del Sistema Nacional de Salud (SNS). Pero, poco a poco, la gran mayoría de las comunidades autónomas modificaron sus normas para poder ofrecer estos tratamientos. Casi todas estaban atendiendo a estas mujeres. Con excepciones: Ceuta y Melilla, sin competencias propias; y comunidades como Navarra, donde las mujeres sin pareja podían acceder a inseminación -más barata, menos efectiva- pero no a in vitro, justo la técnica que necesitaba Izaskun Gamen. La activista, miembro de la organización Madres Solteras por Elección (MSPE), vive en Navarra. Y, durante todos estos años, ha sufrido esa discriminación. “La injusticia de que unos sí y otros no a mí me ha dolido mucho. Me ha pesado”, cuenta. Una injusticia incluso para aquellas mujeres que sufrían enfermedades como la endometriosis , que limitan mucho sus probabilidades de quedarse embarazada si no es con fecundación in vitro, como ocurrió con un caso que llegó al Defensor del Pueblo de Navarra en 2019.
La decisión se ha aprobado ahora, pero se anunció como algo hecho en 2018, aunque nunca se llevó a cabo. “Venden los titulares, pero luego la situación tan mala que hemos pasado muchas se olvida”, critica. Y es que, para ella, que cumple 40 en enero (la edad máxima para acceder en lo público), esta decisión llega tarde. En el camino, tres años de intentos, unos 20.000 euros gastados en la sanidad privada a base de trabajos extra y renuncias, además de varios intentos de inseminación, una técnica no adecuada a su caso pero que era lo único a lo que podía acceder en lo público.
Ahora se enfrenta, en lo privado, en Valencia, lejos de Tudela, donde vive, a su último intento por ser madre. Y afea al Gobierno que organizaciones como de la que ella forma parte, que llevan años luchando contra esta discriminación, se hayan enterado por la prensa. Además, recuerda que la norma incluye otra discriminación que no se ha reparado: la sanidad pública no permite el uso de estas técnicas si la mujer tiene ya algún hijo sano, o si una pareja tiene ya alguno en común. Eso se traduce en que una mujer que haya tenido un primer hijo en pareja y quiera buscar un segundo sola no podrá acceder, pero sí aquellas que lo hagan con una pareja distinta.
Con esta última decisión, el Gobierno iguala el acceso para estas mujeres en toda España en la sanidad pública. Pero, incluso cuando hay una norma común de mínimos, esa cartera básica, algunas comunidades autónomas interpretan de forma restrictiva ese decreto o, directamente, lo incumplen, tanto en cómo interpretan los límites de edad, como en el número de oportunidades para quedarse embarazada o, incluso, en el estado físico que debe tener la mujer para someterse a los tratamientos.
Las mil y una formas de entender el límite de edad
En un entorno donde la media de maternidad del primer hijo ha subido en la última década de 29,82 a 31,22 años, cada vez más mujeres se encuentran en la situación de querer concebir con más de 35. La regla estatal establece que la edad máxima para someterse a estos tratamientos, en lo público, son los 40 años en el caso de la mujer (55 del hombre). Y especifica: la mujer no podrá haber cumplido la cuarentena “en el momento del inicio del estudio del paciente”. Ese límite de edad baja a 38 en el caso de inseminación con semen de pareja.
Pero, ¿qué significa “inicio del estudio”? Aunque la interpretación lógica dice que se trata de la primera cita y, a partir de ahí, se ofrecerán los ciclos máximos para cada técnica aunque se sobrepasen los límites de edad durante el proceso, lo cierto es que hay comunidades autónomas que retuercen el sentido de la norma y acaban expulsando a mujeres del sistema público antes de tiempo. En Madrid y País Vasco , por ejemplo, si cumples 40 años entre ciclo y ciclo, interrumpen el tratamiento. Su argumento interpreta de forma muy restrictiva el sentido de la norma estatal: entienden que ese “estudio” se hace antes de cada ronda y no una vez al principio y ya.
El pasado abril, el Defensor del Pueblo de Galicia publicaba una resolución instando a un hospital a continuar el tratamiento -que habían interrumpido, de forma contraria a lo que dicta el protocolo- a una mujer que había cumplido 40 años entre el primer y el segundo ciclo de inseminación artificial.
El límite de 40 años baja a 38 para la inseminación con semen de pareja, pero solo en ese caso, según la norma estatal. Y una vez más hay quien se la salta: tanto Baleares como Cataluña ponen ese tope de edad, también, en las inseminaciones con semen de donante, pese a que la norma estatal sea clara y diga que para esa técnica la edad límite son los 40.
Y es que esa letra pequeña en los límites de edad es muy importante teniendo en cuenta las listas de espera, que pueden llegar a ser de años. Si solo atendemos a la edad y no al contexto, muchas mujeres se quedan sin su oportunidad de ser madres por culpa de los retrasos en la atención sanitaria. Por ejemplo, si una mujer con 38 años está en lista de espera y esta es de tres años, en el momento del tratamiento ya no podrá acceder a él. En Canarias , si consideran que cumplirá los 40 en la lista de espera, no se la incluye.
De los pocos datos disponibles sobre el tiempo de espera para reproducción asistida, encontramos que en la Comunidad de Madrid, en 2018, en tres hospitales públicos había más de un año de espera para tener la primera consulta en reproducción asistida, según publicaba El País después de haber accedido a una auditoría interna. Esta cifra, además, se elevaba hasta los tres años para comenzar el primer tratamiento en el Hospital Clínico San Carlos (Madrid). En el Hospital Universitario Cruces (Barakaldo) el tiempo de espera entre la inclusión en la lista de espera y la fecundación in vitro es de unos nueve meses, como indican en su propia página web . También sabemos que Castilla y León , a 31 de diciembre de 2020, tenía medio centenar de personas esperando una primera consulta para reproducción asistida en el Hospital Universitario Rio Hortega (Valladolid) y otra decena esperando en el Hospital Clínico Universitario de Valladolid. Estos son los dos únicos hospitales de la comunidad que realizan in vitro, por lo que, independientemente de en qué parte de Castilla y León vivas, tendrás que desplazarte hasta esa ciudad si quieres someterte a este tratamiento por lo público y apuntarte a esa lista.
Rebajas, también, en el número de intentos
Incluso cuando la edad no supone un problema, otras barreras pueden dejar a la mujer fuera de lo público. Las más relevantes son las relacionadas con el número de intentos que cubre la sanidad pública y que, una vez más, aunque exista una norma de mínimos estatal, depende de dónde vivas. Tanto la norma estatal como las reglas en la gran mayoría de comunidades marcan el tope en in vitro en tres intentos. Menos La Rioja, más generosa, con cuatro. Al otro lado está Cataluña , que no cumple los mínimos estatales y lo reduce a dos si el esperma es donado (aunque puede subir a tres si la mujer tiene menos de 35 años).
En inseminación artificial, la norma general da hasta seis intentos con semen de donante y cuatro con semen de pareja. Al ser una técnica menos efectiva, se puede entender que se pase a in vitro antes de agotar todos los intentos, pero en ese caso se debería permitir, si no funciona, volver a intentarlo hasta que se agoten todas las opciones que da la cartera común de la sanidad pública. En este asunto la variedad y, por tanto, las comunidades que no cumplen, es mucho mayor.
La norma estatal dice que el número de intentos “podrá reducirse en función del pronóstico y los tratamientos previos”. A este último punto es al que se suma País Vasco, que tiene en cuenta todos los ciclos que se hayan realizado de forma previa, ya sea en centros públicos o privados, para alcanzar esos tres intentos. Esto significa que, si lo intentaste una vez en la sanidad privada, pagándolo de tu bolsillo, tienes menos intentos en lo público.
Más barreras y más incumplimientos
La condición física de la persona que se va a someter al tratamiento, la tenencia de hijos previos o el copago de los medicamentos o el semen son otras barreras de acceso a la reproducción asistida pública. La norma estatal excluye de estas técnicas a personas con hijos previos y sanos (y común, en el caso de parejas), que se hayan esterilizado de forma voluntaria antes o en aquellos casos en los que el tratamiento o la gestación pueda suponer riesgos para la madre o la descendencia. Lo que eso significa cambia en cada comunidad autónoma.
En Andalucía y Asturias , por ejemplo, no tratan a quienes consuman tóxicos. En País Vasco , La Rioja y Andalucía vetan el acceso a mujeres con VIH o hepatitis, por miedo a contagios.
Once de ellas establecen unos rangos de peso. Andalucía es la más estricta: para poder acceder, tienes que tener un Índice de Masa Corporal (IMC) de más de 19 y menos de 30. Su argumento, según el protocolo: si se sale de ese rango “disminuyen las posibilidades de concebir” y un peso adecuado disminuye riesgos durante el embarazo.
Una mujer que mida 1,60, por ejemplo, y que pese 45 kilos (IMC de 17,58) se queda fuera si vive en Aragón, Cantabria, Murcia, Asturias , Andalucía por estar demasiado delgada. Si esa misma mujer pesa 85 kilos (IMC de 31,22) queda fuera en Andalucía , Asturias , Extremadura y La Rioja por tener un peso demasiado elevado, ya que superan el IMC de 30. Según el INE , un 13,14% de las mujeres de entre 35 y 44 años superan ese umbral.
Además, en Andalucía , Asturias , Castilla La Mancha y Murcia no puedes acceder si tienes embriones congelados. Y en Aragón y Extremadura tampoco, pero además vetan a quienes hayan criopreservado sus óvulos.
Pero, incluso en lo público, el coste no es cero. Por un lado, el copago de los medicamentos, aunque la aportación de la paciente en este caso es muchísimo menos de lo que pagaría por lo privado.
Y a eso algunas comunidades les añaden un gasto extra: si necesitas esperma donado en Madrid , lo pagas de tu propio bolsillo a un banco privado con el que tengan un concierto. En La Rioja, también, y lo mismo si necesitas óvulos. El argumento de Madrid , según sus protocolos, es que no cuentan con bancos públicos de semen, aunque en el registro hay siete en esa comunidad. En todo caso, el resto de comunidades autónomas sí cubren ese gasto como parte del tratamiento aunque lo compren a laboratorios externos.
Todas estas barreras, dispares según donde vivas, expulsan a muchas mujeres de la reproducción asistida en la sanidad pública. Y no les sale barato. Los precios en lo privado son muy elevados: un solo tratamiento de inseminación artificial, con semen de pareja, puede oscilar entre los 385 y los 1.200 euros, mientras que la fecundación in vitro se dispara: el rango de costes se encuentra entre los 2.650 euros a los 4.995. Y todo eso multiplicado por cada intento y sin tener en cuenta medicamentos y pruebas extra.
Metodología
Hemos realizado una búsqueda del protocolo de reproducción asistida de cada comunidad autónoma. Así, hemos podido comprobar la información de Andalucía , Asturias , Canarias , Castilla La Mancha , Cataluña , Extremadura , Madrid y País Vasco . Además, en el caso de Aragón, Asturias, Baleares, Cantabria, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Cataluña, Comunidad Valenciana, Extremadura, Galicia, La Rioja, Madrid, Murcia, Navarra y País Vasco, hemos recibido información a través del Gabinete de Prensa de la Consejería con competencias en sanidad. No obstante, al cierre de este artículo Cataluña no había contestado a nuestra duda de si existe una versión más actualizada de su protocolo sobre reproducción asistida (la actual versión es de 2016). Y la Consejería de Salud de Asturias tampoco confirmó cuál era su situación con respecto al acceso a las mujeres sin pareja antes de la aprobación de la orden, pero hemos confirmado la información gracias al Dr. Ángel Plácido Llaneza Coto , director de la Unidad de Reproducción Humana Asistida en el Hospital Universitario Central de Asturias. Por su parte, Ceuta y Melilla dependen del Ministerio de Sanidad, por lo que les aplican los criterios de la cartera básica del SNS.
Para dar precios de clínicas privadas, hemos consultado las páginas web de diez clínicas privadas distintas en España (Dexeus, Clínica Fertia, IVI, Eva Fertility Clinics, Love Fertility Clinic, Arpa Médica, Institut Marquès, Ginefiv, Easyfiv y Eugin), teniendo en cuenta inseminación artificial con semen de pareja, y fecundación in vitro con gametos propios, sin ninguna técnica o aplicación adicional.
Puedes descargar los datos aquí .
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